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Protección para agricultores y ganaderos

Preguntas frecuentes

Al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, las Consejerías de Agricultura de las Comunidades Autónomas, las Áreas de Agricultura de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, las Organizaciones Profesionales y las Cooperativas Agrarias.

El agricultor, ganadero, acuicultor o propietario forestal que decida asegurar su producción, puede hacerlo individualmente o de forma colectiva. Esta última debe realizarla integrándose en un colectivo abierto por un Tomador o Mediador, beneficiándose por ello de una mayor subvención.

Se debe realizar el contrato de seguro con alguna de las Entidades incluidas en la Agrupación Española de Entidades Aseguradoras de los Seguros Agrarios Combinados creada a tal efecto, entre las que se encuentra MGS Seguros.

Cualquier cooperativa, organización o asociación de agricultores, ganaderos, acuicultores o propietarios forestales que tenga personalidad jurídica propia y capacidad para contratar, por sí y en nombre de sus asociados. Pero, para que dichos asociados puedan acceder a la subvención adicional por contratación colectiva que tiene establecida  el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, el Tomador debe estar inscrito en el registro de Tomadores creado en la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA).