Convenios

Seguro de Vida Convenios

Seguro de Vida Convenios

El Seguro de Vida que da respuesta al convenio colectivo sectorial

Para cubrir las prestaciones derivadas del convenio colectivo sectorial

Preguntas frecuentes

Si el Asegurado es mayor de 27 años la póliza incluye de forma automática el riesgo de motocicleta. Si es menor de 27 años debería incluirlo de manera expresa en la póliza y abonar la sobreprima correspondiente.

La finalidad de esta garantía es compensar al Asegurado que, a consecuencia de una invalidez temporal, tiene una merma en sus ingresos. Por lo tanto, los principales destinatarios de esta garantía son los trabajadores autónomos. Los que son por cuenta ajena pueden asegurar un importe máximo de 20 €, cuya finalidad será compensar las diferencias hasta el 100% que algunos trabajadores no perciben cuando están de baja, así como, los ingresos adicionales derivados del trabajo habitual como son las primas por productividad y las horas extras. Al propio tiempo, dicho importe permite compensar el incremento de gastos derivados de la situación de baja laboral.

Contratada esta garantía, en el caso de que la invalidez sea absoluta el capital se incrementa  en un 50%, respecto al que sirve de base para la invalidez parcial. Si se trata de una gran invalidez el incremento es del 100%.

El infarto de miocardio no cumple con todos los requisitos que figuran en la definición de accidente de la Ley de Contrato de Seguro. Por lo tanto, es un supuesto no cubierto, salvo que de forma expresa se haya incluido en la póliza, por lo que previamente deberá cumplimentarse un cuestionario de salud específico que figura en la solicitud de Seguro.

En este caso, se cubre el fallecimiento o, si también está contratada, la invalidez permanente absoluta.

El producto está destinado prioritariamente para personas individuales. No obstante, también podrán incluirse a otras personas siempre que constituyan la misma unidad familiar, es decir, se trate del cónyuge y sus hijos.