Respuestas

1. ¿Cómo puedo acreditar las coberturas contratadas?

El modo más adecuado es a través de la póliza y el último recibo. No obstante, si se precisa un documento provisional, en el momento de la primera contratación el Asegurado puede recibir una Solicitud que le brinda cobertura inmediata.

2. ¿Puede cubrirse la práctica de la pesca submarina?

Sí, cabe la posibilidad de ampliar la cobertura a la pesca submarina tanto en lo que atañe a las garantías de responsabilidad civil como a la de accidentes.

3. ¿Quedan asegurados los perros de caza?

La responsabilidad derivada de la propiedad de los perros durante la caza queda garantizada hasta 3 animales, si bien, cabe la posibilidad de asegurarlos en mayor número.

Opcionalmente pueden contratarse las garantías de ampliación de la responsabilidad civil fuera de la práctica de la caza y los daños a los perros propios.

4. ¿Qué garantías pueden contratarse?

Necesariamente deben contratarse las garantías de Responsabilidad civil obligatoria y voluntaria así como la de Protección jurídica.

Opcionalmente puede contratarse la garantía de Accidentes. En el caso de los cazadores además, cabe la posibilidad de suscribir otras prestaciones, como son: la responsabilidad civil derivada de los perros de caza, los daños que sufran los perros propios y los daños al arma.

5. ¿Qué tipo de actividades pueden cubrirse a través del Seguro Integral de Caza-Pesca?

Puede cubrirse tanto la práctica de la caza como de la pesca. También cabe la posibilidad de asegurar la práctica de ambas actividades en una misma póliza.

Pueden incluirse, a través de sobreprima, la tenencia de mayor número de perros.

6. ¿Qué ventajas tiene contratar a través de una agrupación?

En función del número de asegurados se aplican interesantes descuentos con la ventaja añadida de que se emite una póliza específica para cada Asegurado, facilitando así la acreditación frente a la Administración.

7. ¿Y si el Asegurado sufre un accidente durante la caza o la pesca?

Puede contratarse la garantía de accidentes en ambos casos, con capitales de 30.000€ en el caso de fallecimiento y 60.000€ en invalidez.

8. ¿Y si se practican estos deportes fuera del territorio nacional?

Puede ampliarse el ámbito de cobertura al resto de la Unión Europea y Andorra.