Diccionario

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Seguro

Instrumento de previsión que implica la transferencia de las consecuencias económicas que se deriven de la ocurrencia de un evento (siniestro) que origine un perjuicio.


La actividad aseguradora se encuadra dentro de los servicios financieros y se basa en el principio de que una entidad aseguradora se obliga, mediante el cobro de una prima y para el caso que se produzca un evento determinado, a pagar una prestación o a indemnizar a los beneficiarios designados o, en su caso, a los terceros perjudicados.
 

Siniestro

Es la ocurrencia de un evento, con consecuencias negativas para el beneficiario del seguro y que se corresponde con un riesgo amparado por la póliza de seguro.


En tal caso, la aseguradora debera hacer frente a la prestación o indemnización pactada en el contrato para la ocurrencia del citado evento.
 

Sobreprima

Es una prima complementaria que tiene la función de cubrir el coste adicional que se produce como consecuencia de la agravación de un riesgo asegurado.

 
Suma Asegurada

Es el valor asignado en la póliza como la responsabilidad máxima que debe pagar la entidad de seguros, en caso de ocurrencia del siniestro, a los beneficiarios de la misma.